TIPO Y CUANTÍA:
1. La cuantía de la subvención será, como máximo, de 1.050 euros al mes, sin que en ningún caso pueda superar el coste de la contratación efectuada.
2. El importe de la subvención podrá modularse en función de la duración de la jornada de trabajo y de los días de trabajo efectivos que vaya a desarrollar la persona contratada para sustituir a la trabajadora autónoma. A efectos de lo anterior, los meses se computarán a 30 días.
DESTINATARIOS:
Las personas trabajadoras autónomas cuya actividad y centro de trabajo radique y se mantenga en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se desarrolle de forma individualizada.